TRÁMITES Y TARIFAS
ATENCIÓN
Señor Usuario, recuerde que para determinar la base gravable de su impuesto sobre vehículos automotores 2024, se debe tomar el valor del avalúo comercial del vehículo, según las características del mismo (marca, modelo, cilindraje, línea), determinado en la resolución del Ministerio de Transporte para cada año.
Esta base gravable será utilizada para el pago de impuesto de rodamiento. Además, para calcular el valor a pagar por concepto de Rete fuente para los tramites de traspaso
Ejemplo cálculo de rete fuente:
Valor a pagar = Valor Avaluó * 1%
Convenio para pagos
88284
88650
REQUISITOS BÁSICOS PARA TODO TRÁMITE
Para todos los trámites en general se hace obligatorio los siguientes:
- Formulario de Solicitud de Trámites RUNT completamente diligenciado, firmado y con improntas adheridas al respaldo. (Descargue aquí).
- Copia de Matricula (excepto en el trámite de matrícula inicial)
- Copia de Cédula del propietario
- Copia seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) vigente (Verificar aquí)
- Copia de la Revisión técnico Mecánica o certificado de primera prueba vigente (Verificar aquí)
- Si el cilindraje del vehículo es mayor a 125 cc, paz y salvo de impuestos de rodamiento.
- No tener infracciones de tránsito pendientes de pago, tanto vendedor como comprador.
- Copia de la licencia de Conducción
- Autorización o poder por notaria o juzgado a tercero en caso de que el vendedor o comprador no se presente a radicar la solicitud. (Descargue aquí).
- Todos los formatos deben estar firmados como aparece en la cedula o en la inscripción de RUNT.
- Los formatos no pueden presentar tachones y deben estar completamente diligenciados.
MATRICULA INICIAL
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Factura original de compra del vehículo.
- Certificado individual original expedido por la ensambladora.
- Certificado individual de aduana y/o declaración de importación según sea el caso.
Requisitos para vehículos de servicio Público
- Original de la carta de aceptación de la empresa a la que se va a vincular donde se indique la forma de ingreso y si es por reposición, la placa a reponer.
- Certificado de capacidad transportadora, carta cupo o concepto favorable de ingreso expedido por la autoridad municipal. Es un trámite interno si se vincula a una empresa de servicio público del radio de acción municipal.
- Si se trata de una reposición debe verificarse que no ha transcurrido más de un año contado desde la fecha de la cancelación de la Licencia de Tránsito del vehículo a reponer.
- Fotocopia de la Ficha técnica de homologación del vehículo.
Requisitos para vehículos de carga
- Original de la factura de la carrocería, en caso de haberse adquirido en forma independiente al chasis del vehículo.
- Original o fotocopia del certificado de existencia y representación legal de la empresa vendedora de la carrocería, con vigencia no superior a 30 días calendario.
- Fotocopia de la respectiva constancia de inscripción en el Registro Nacional de Carroceros de la empresa vendedora de la carrocería.
- Carta de aceptación de la empresa a la que se va a afiliar.
Para el caso específico del registro de vehículos de servicio público de transporte de carga que ingresan por reposición se requiere la validación del cargue en el sistema Runt de la certificación de cumplimiento de requisitos para el registro inicial o la comunicación y aprobación de la caución por parte del Ministerio de Transporte.
NOTA: Si el vehículo se va a matricular a nombre de un menor de edad copia de la tarjeta de identidad, carta de autorización de los padres para tener el vehículo notariado y copia del registro civil.
Para la pre asignación de placa se requiere del Certificado Individual o de la Declaración de Importación Y solicitarlo por medio del correo preasignacionsantafe@gmail.com
Nota: Si en el término de treinta (30) días contados a partir de la fecha de pre asignación, no se ha culminado el proceso de matrícula, se libera la placa para que sea nuevamente pre asignado a otro vehículo.
TRASPASO
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Contrato de compraventa, (Descargue aquí) o declaración en el que conste la transferencia del derecho de dominio del automotor celebrado con las exigencias de las normas civiles y mercantiles, con huellas e improntas adheridas.
- Pago de retención en la Fuente, excepto cuando venda persona jurídica, cuando el traspaso se origine en remate o sucesión, o cuando se legalice traspaso a la aseguradora y cancelación de registro conjuntamente. (consulta avaluó comercial aquí https://web.mintransporte.gov.co/sibga/)
- Copia de cedula de ciudadanía del comprador y vendedor del vehículo.
- Vendedor y comprador deben estar inscritos en RUNT.
Vehículos de servicio público
- Contrato de cesión de afiliación o vinculación suscrito entre vendedor (cedente) y comprador (cesionario), con la aceptación del representante legal de la empresa afiladora.
Vehículos rematados
- Original del acta de adjudicación o remate proveniente de la entidad rematante.
- Fotocopia del acto administrativo de quien suscribe el acto de remate, debidamente actualizado.
Vehículos con prenda
- Original de la autorización del beneficiario del gravamen para traspasar el vehículo con continuación de prenda.
- Adicionales de vehículo oficial vendido a persona particular o viceversa
- Debe realizarse simultáneamente con el cambio de servicio de oficial a particular o viceversa.
Vehículos por sucesión
- Copia de la sentencia con constancia de ejecutoria o de la escritura pública que protocolice la sucesión.
Vehículos blindados
- Resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad en la que se autoriza al nuevo propietario al uso del vehículo blindado o que autoriza el desmonte del blindaje, si así se decide, excepto para los casos de blindaje nivel 1 y 2.
- Certificación expedida por la empresa blindadora, la cual debe estar registrada ante la superintendencia de vigilancia.
Traspaso a compañía aseguradora
- En los casos de realización conjunta de los trámites de traspaso y cancelación por hurto y de pérdida o destrucción parcial se exceptúa de la validación de SOAT y revisión técnico-mecánica.
- En los casos de pérdida parcial se requiere peritaje de compañía aseguradora que determina la pérdida parcial o destrucción parcial.
Traspaso por decisión judicial o administrativa
- Sentencia o acto administrativo de adjudicación al que deben adherirse las improntas.
- En los casos de decisión judicial se exceptúa de la validación de identidad del propietario en Runt, a cambio deben registrarse los datos de la autoridad que profirió la decisión.
TRASPASO PERSONA INDETERMINADA
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Declaración extra juicio notariada indicando que vendió el vehículo hace más de 3 años y desconoce su paradero, debe incluir marca, color, línea, modelo, número de chasis y de motor.
INSCRIPCIÓN, LEVANTE O MODIFICACIÓN DE PRENDA
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Documento original donde conste la inscripción, el levantamiento o la modificación del acreedor prendario de la limitación o gravamen.
- Para levantar la prenda certificado de cámara y comercio de la empresa que autoriza el levante.
- Prenda es inscrita a una persona natural debe ser notariado y anexar copia de la cedula el mismo.
- RADICACIÓN DE CUENTA
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Para la radicación de vehículos se debe pagar concepto de placa de acuerdo a la tarifa de la vigencia actual.
- DUPLICADO PLACA
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Denuncio de pérdida de placa.
- Pago por concepto de placa de acuerdo a la tarifa de la vigencia actual
- DUPLICADO DE MATRICULA
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Denuncia de la perdida licencia de tránsito (matricula) vehículo.
- TRASLADO DE CUENTA
- Única y exclusivamente los requisitos de documentos básicos
- CANCELACIÓN DE MATRICULA
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Si el motivo de cancelación es por perdida, hurto o desaparición documentada se debe presentar la denuncia instaurada ante autoridad competente por el hurto y la certificación expedida por autoridad judicial, que constate que se desconoce el paradero final del vehículo.
- Si el motivo de cancelación de matrícula está originado en la decisión voluntaria del propietario de desintegrar su vehículo. El propietario del vehículo debe presentar la certificación expedida por la empresa desintegradora debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte para que el organismo de tránsito proceda a validar a través del sistema los datos ingresados por la empresa desintegradora del vehículo y la certificación de la revisión técnica de la Dijín, la certificación debe estar cargada al sistema.
Si el motivo de cancelación de matrícula por destrucción total o pérdida total está originado en un accidente de tránsito. el propietario deberá allegar la certificación técnica de la Dijín en la que se detallen las características de identificación del vehículo y concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la
RADICACIÓN DE CUENTA
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Para la radicación de vehículos se debe pagar concepto de placa de acuerdo a la tarifa de la vigencia actual.
DUPLICADO PLACA
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Denuncio de pérdida de placa.
- Pago por concepto de placa de acuerdo a la tarifa de la vigencia actual
DUPLICADO DE MATRICULA
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Denuncia de la perdida licencia de tránsito (matricula) vehículo.
TRASLADO DE CUENTA
- Única y exclusivamente los requisitos de documentos básicos
CANCELACIÓN DE MATRICULA
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Si el motivo de cancelación es por perdida, hurto o desaparición documentada se debe presentar la denuncia instaurada ante autoridad competente por el hurto y la certificación expedida por autoridad judicial, que constate que se desconoce el paradero final del vehículo.
- Si el motivo de cancelación de matrícula está originado en la decisión voluntaria del propietario de desintegrar su vehículo. El propietario del vehículo debe presentar la certificación expedida por la empresa desintegradora debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte para que el organismo de tránsito proceda a validar a través del sistema los datos ingresados por la empresa desintegradora del vehículo y la certificación de la revisión técnica de la Dijín, la certificación debe estar cargada al sistema.
- Si el motivo de cancelación de matrícula por destrucción total o pérdida total está originado en un accidente de tránsito. el propietario deberá allegar la certificación técnica de la Dijín en la que se detallen las características de identificación del vehículo y concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total, emitido por perito de la compañía aseguradora si el vehículo estaba asegurado, en caso contrario por perito nombrado por autoridad administrativa de la jurisdicción donde este haya tenido ocurrencia y registro fotográfico del accidente de tránsito en el lugar de los hechos.
- Si el motivo de cancelación de matrícula por destrucción total o pérdida total está originado en un caso fortuito o fuerza mayor. El propietario del vehículo debe presentar certificación del hecho expedida por la autoridad administrativa de la jurisdicción donde se haya presentado el caso fortuito o fuerza mayor; concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total emitido por perito de la compañía aseguradora si el vehículo estaba asegurado, en caso contrario por perito nombrado por autoridad administrativa según corresponda; registro fotográfico que demuestre la presentación del caso fortuito o fuerza mayor y que como consecuencia se genera la pérdida total y lo certificación de la revisión técnica de la Dijín.
TRANSFORMACIÓN
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Si la transformación es un cambio de carrocería se solicita factura original de la compra de la carrocería por una empresa avalada por el RUNT, cámara y comercio de la empresa y la carrocería debe estar homologada para el chasis que tenga el vehículo.
- Si la trasformación es por cambio de combustible debe ser realizado por un taller avalado por el ministerio de minas y energía, factura original del cambio, cámara y comercio de la empresa o taller que realizo el cambio.
CAMBIO COLOR
- Única y exclusivamente los requisitos de documentos básicos
CAMBIO MOTO
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Factura original de venta del motor con acta de importación del mismo, si este no es nuevo debe traer certificación de la dijin que constate la procedencia, contrato de compraventa e historial del vehículo donde demuestre que el vehículo esta cancelado y el motor es recuperable
REGRABACIÓN
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Decisión judicial que autoriza la regrabación, entrega de certificación previa y posterior realizada por la dijin con improntas.
BLINDAJE
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Resolución expedida por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada la cual autoriza el blindaje o desmonte del mismo y el certificado de empresa brindadora que efectuó el blindaje o desmonte debe estar registrada ante la superintendencia de vigilancia y seguridad privada.
REMATRICULA
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Orden de entrega definitiva del vehículo, expedida por la fiscalía general de la Nación donde deberá adherir las improntas y la revisión técnica obligatoria expedida por la Dijín en original donde se constaten las características del vehículo.
CAMBIO DE SERVICIO
Adicional a los documentos básicos, se deberá anexar los siguientes requisitos según sea el caso:
- Carta de desvinculación de empresa.
REQUISITOS PARA RETIRAR EL VEHÍCULOS INMOVILIZADOS
Inmovilizados por infracción a las normas de transito
- Soat vigente
- Revisión técnico-mecánica y gases vigente
- Comparendo
- Licencia de conducción
- Licencia de tránsito (matricula)
- Cedula del infractor o propietario del vehículo
- Al momento de presentarse a retirar el vehículo se debe tener el original de los
- anteriores documentos.
Si la inmovilización se originó por un accidente
- Los mismos documentos de entrega de vehículos.
- Peritaje del vehículo.
Si quien retira el vehículo es un menor de edad, debe presentarse acompañado de uno de los padres y adicionar:
- Registro civil de nacimiento o del folio
- Tarjeta de identidad del menor
- Cedula de ciudadanía del padre que lo acompañe
- Cancelar servicio de grúa
- Cancelar servicio de parqueadero
NOTA: En caso de que no se presente ni el propietario o el infractor, la persona que se presente debe traer autorización por escrito del propietario con reconocimiento de firma y huella por parte del Notario.
REQUISITOS PARA SOLICITAR AUDIENCIA PÚBLICA DE IMPUGNACIÓN DE COMPARENDO
- Realizar solicitud dentro de los 5 días hábiles a la fecha de imposición del comparendo.
- Copia de la cedula de infractor.
- Copia del comparendo.
Nota: Tener presente que al realizar la solicitud de audiencia no se aplicaran los benefician de cancelación de la infracción con los descuentos del 50% y 25 % respectivamente, en el caso de que el fallo no sea favorable.
La solicitud se puede realizar en las oficinas de la secretara de tránsito o puede realizar la solicitud en el siguiente link.
REQUISITOS PARA EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE CONDUCCIÓN
- Encontrarse inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito RUNT
- Estar a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
- Encontrasen cargados en la plataforma RUNT los certificados médicos y teórico prácticos
- En el caso de servicio particular tener como mínimo 16 años cumplidos, si es para servicio público deberá tener 18 años cumplidos
- Documento de identificación original según sea el caso, o contraseña en los casos de extravió.
REQUISITOS PARA DUPLICADO DE LA LICENCIA DE CONDUCCIÓN
- Denuncio por pérdida o robo si es el caso
- Copia de cédula de ciudadanía ampliada al 150% si el motivo del duplicado es por deterioro de lámina
- Estar a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
- Encontrarse inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito RUNT
- Cancelar el valor de la impresión de la licencia.
REQUISITOS PARA RENOVACIÓN O REFRENDACIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCCIÓN
- Encontrarse inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito RUNT
- Estar a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
- Encontrasen cargados en la plataforma RUNT los certificados médicos
- Presentar cedula de ciudadanía en original o contraseña en caso de extravió.
- Presentar licencia de conducción original o denuncia por hurto o perdida de la misma
- REQUISITOS PARA CAMBIO DE DOCUMENTO TI A CC
- Copia del documento de identificación ampliada al 150%
- Copia de la licencia de conducción ampliada al 150%
- Encontrarse inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito RUNT
- Cancelar el valor del trámite.
- Estar a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
Nota:
Se debe iniciar el trámite con una escuela de conducción
REQUISITOS PARA RECATEGORIZACIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCCIÓN
- REQUISITOS PARA RECATEGORIZACIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCCIÓN
- Encontrarse inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito RUNT
- Estar a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
- Encontrasen cargados en la plataforma RUNT los certificados médicos y teórico prácticos
- Documento de identificación original según sea el caso, o contraseña en los casos de extravió.
CAMBIO DE EMPRESA
Paz y salvo por conceptos de infracciones de tránsito e impuesto sobre vehículos automotores
Copia de los seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual vigentes
Copia del seguro obligatorio contra accidentes de tránsito – SOAT, vigente
Paz y salvo de la empresa de la cual sale
Carta de desvinculación de la empresa de la cual sale
Carta de aceptación de la empresa a la que se va ingresar
DUPLICADO DE TARJETA DE OPERACIÓN
- La empresa debe realizar la solicitud de duplicado a la secretaria de transito
- Realizar el pago de la lámina
- Encontrarse inscrito en el RUNT como persona natural o jurídica
- Paz y salvo por conceptos de infracciones de tránsito e impuesto sobre vehículos automotores
- Copia del seguro obligatorio contra accidentes de tránsito – SOAT, vigente
- Copia de los seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual vigentes
Nota
La tarjeta de opere ración que se expida tendrá la misma vigencia de la tarjeta originalmente autorizada
EXPEDICIÓN O RENOVACIÓN DE TARJETA DE OPERACIÓN
la empresa de transporte debe entregar solicitud suscrita por el representante legal, donde indica el tramite a realizar (expedición o renovación de tarjeta de operación) adjuntando además la relación de los vehículos, discriminados por clase y por nivel de servicio, indicando los datos tales como clase, marca, modelo, número de placa, capacidad y combustible, para cada uno de los vehículos
A la solicitud se deben anexar los siguientes documentos
- Certificación suscrita por el representante legal sobre la existencia de los contratos de vinculación vigentes de los vehículos que no son de propiedad de la empresa
- Copia de la licencia de tránsito (Matricula)
- Copia del seguro obligatorio contra accidentes de tránsito – SOAT, vigente
- Copia de la revisión técnico mecánica y de gases – CDA vigente, exceptuando los vehículos último modelo
- Copia de la ficha técnica de la revisión técnico mecánica. (Conforme con la Resolución No. 315 de 2013, debe hacerse cada dos meses esta revisión preventiva)
- Copia de los seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual vigentes
- Paz y salvo por conceptos de infracciones de tránsito
- Consignación de los derechos por la expedición de documentos para la vigencia actual
- Paz y salvo de impuestos municipales ( en caso de que el vehículo se encuentre matriculado en el municipio – certificado de movilización)
VINCULACIÓN VEHÍCULO DE SERVICIO PÚBLICO
- Copia del seguro obligatorio contra accidentes de tránsito – SOAT, vigente
- Paz y salvo por conceptos de infracciones de tránsito e impuesto sobre vehículos automotores
- Copia de los seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual vigentes
- Carta de aceptación de la empresa afiladora
- Autorización o poder a tercero en caso de que el vendedor o comprador no se presente a radicar la solicitud. (Descargue aquí).
DESVINCULACIÓN DE UN VEHÍCULO DE SERVICIO PÚBLICO
- Paz y salvo por conceptos de infracciones de tránsito e impuesto sobre vehículos automotores
- Copia del seguro obligatorio contra accidentes de tránsito – SOAT, vigentes
- Solicitud de desvinculación de la empresa indicando el motivo de desvinculación y que el automotor se encuentra a paz y salvo
- Copia de la Tarjeta de Operación.
- Autorización o poder a tercero en caso de que el vendedor o comprador no se presente a radicar la solicitud. (Descargue aquí).
HABILITAR EMPRESAS DE TRANSPORTES
REQUISITOS PARA HABILITAR EMPRESAS DE TRANSPORTES
Para obtener habilitación en la modalidad de Transporte Público Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera, las empresas DECRETO No. DE Hoja No. 7 de 30 “Por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera” deberán acreditar los siguientes requisitos, que aseguren el cumplimiento del objetivo definido en el artículo 1 del presente Decreto:
- Solicitud dirigida al Ministerio de Transporte, suscrita por el representante legal.
- Certificado de existencia y representación legal expedido con una antelación máxima de treinta (30) días hábiles, en el que se determine que dentro de su objeto social desarrolla la industria del transporte
- Indicación del domicilio principal y relación de sus oficinas y agencias, señalando su dirección.
- Descripción de la estructura organizacional de la empresa relacionando la preparación especializada y/o la experiencia laboral del personal administrativo, profesional, técnico y tecnólogo contratado por la empresa.
- Certificación firmada por el representante legal sobre la existencia de los contratos de vinculación del parque automotor que no sea de propiedad de la empresa. De los vehículos propios, se indicará este hecho.
- Relación del equipo de transporte propio, de los socios o de terceros con el cual se prestará el servicio, con indicación del nombre y número de la cédula del propietario, clase, marca, placa, modelo, número del chasis, capacidad y demás especificaciones que permitan su identificación, de acuerdo con las normas vigentes.
- Descripción y diseño de los colores y distintivos de la empresa.
- Certificación suscrita por el representante legal sobre la existencia del programa y del fondo de reposición del parque automotor.
- Certificación suscrita por el representante legal sobre la existencia del programa de revisión y de mantenimiento preventivo que desarrollará la empresa para los equipos con los cuales prestará el servicio.
- Estados financieros básicos certificados de los dos (2) últimos años, con sus respectivas notas. Las empresas nuevas sólo requerirán el balance general inicial.
- Declaración de renta de la empresa solicitante, correspondientes a los dos (2) años gravables anteriores a la presentación de la solicitud, si por ley se encuentra obligada a cumplirla. DECRETO No. DE Hoja No. 8 de 30 “Por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera”
- Demostración de un capital pagado o patrimonio líquido de acuerdo al valor resultante del calculo que se haga en función de la clase de vehículo y el número de unidades fijadas en la capacidad transportadora máxima para cada uno de ellos, el cual no será inferior a trescientos (300) S.M.M.L.V., según la siguiente tabla:-GRUPO A 1 S.M.M.L.V. 4 – 9 PASAJEROS (AUTOMOVIL, CAMPERO, CAMIONETA)- B 2 S.M.M.L.V. 10 – 19 PASAJEROS (MICROBUS)- GRUPO C 3 S.M.M.L.V. MAS DE 19 PASAJEROS (BUS, BUSETA)Las empresas podrán acogerse a las siguientes fechas y porcentajes para acreditar el capital pagado o patrimonio liquido:A la fecha de solicitud de la habilitación 70% A marzo 31 de 2.002 85% A marzo 31 de 2.003 100% El Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (S.M.M.L.V.) a que se hace referencia, corresponde al vigente en el momento de cumplir el requisito. Durante los primeros cuatro (4) meses de cada año, las empresas habilitadas ajustaran este capital o patrimonio líquido de acuerdo con la capacidad transportadora máxima con la que finalizó el año inmediatamente anterior. El capital pagado o patrimonio líquido de las empresas asociativas del sector de la economía solidaria será el precisado en la legislación cooperativa, Ley 79 de 1988 y demás normas concordantes vigentes. La habilitación para empresas nuevas no estará sujeta al análisis de factores financieros, pero sí a la comprobación del pago del capital o patrimonio líquido exigido.
- Copia de las pólizas de seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual establecidas en el presente Decreto. DECRETO No. DE Hoja No. 9 de 30 “Por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera”
- Duplicado al carbón de la consignación a favor del Ministerio de Transporte por pago de los derechos correspondientes, debidamente registrado por la entidad recaudadora.